Acciones afirmativas emitidas
Proceso Electoral Local 2023-2024
| Grupo de Atención Prioritaria | Ayuntamiento | Congreso del Estado |
|---|---|---|
| Personas de la diversidad sexual*
Personas afromexicanas Personas con discapacidad |
Al menos 1 fórmula de regidurías integradas por personas con discapacidad,
afromexicanas, de la diversidad sexual o migrantes dentro de las primeras
4 fórmulas de la lista de representación proporcional en los 46 municipios
del Estado.
No obstante, los partidos políticos o coaliciones podrán optar por postular personas de cualquiera de los grupos vulnerables para los cargos de mayoría relativa (presidencia municipal y fórmulas de sindicaturas) en los ayuntamientos, lo que será tomado en consideración para el cumplimiento de la medida afirmativa. *Cuota obligatoria mínima para personas pertenecientes a la comunidad de la diversidad sexual: los partidos deberán destinar un mínimo de 8 fórmulas del total de las 46 cuotas señaladas previamente. |
Al menos 2 fórmulas bajo el principio de mayoría relativa integradas por
personas con discapacidad, afromexicanas o diversidad sexual bajo cualquiera
de las siguientes modalidades:
a) 1 fórmula por el principio de mayoría relativa en alguno de los distritos de competitividad alta y 1 fórmula por el principio de mayoría relativa en alguno de los distritos de competitividad media. b) 1 fórmula por el principio mayoría relativa en alguno de los distritos con competitividad alta y 1 fórmula por el principio de representación proporcional dentro de los primeros 4 lugares de la lista. * *Cuota obligatoria mínima para personas pertenecientes a la comunidad de la diversidad sexual: Los partidos y coaliciones deberán destinar 1 fórmula exclusivamente para personas pertenecientes a la comunidad de la diversidad sexual. |
| Personas migrantes | 1 fórmula dentro de los primeros 4 lugares de la lista de representación proporcional. | |
| Personas indígenas | Al menos 1 fórmula de regidurías en los municipios de Atarjea Tierra Blanca, Victoria. Además, al ser un número impar de municipios, 2 de esas fórmulas deberán corresponder a mujeres indígenas y 1 a hombres. Acorde a lo establecido en al artículo 184Bis de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Guanajuato. | Integración obligatoria conforme a los criterios establecidos por el órgano electoral. |
[1] *Cuota obligatoria mínima para personas pertenecientes a la comunidad de la diversidad sexual: Los partidos y coaliciones deberán destinar 1 fórmula exclusivamente para personas pertenecientes a la comunidad de la diversidad sexual.
Proceso Electoral Local 2021 - 2022
Acciones Afirmativas Emitidas
| Grupo de atención prioritaria | Ayuntamiento | Congreso del Estado |
|---|---|---|
| Personas indígenas | Al menos una fórmula de regidurías ubicadas en los primeros cuatro lugares de la lista en los municipios de Tierra Blanca y Victoria, acorde a lo establecido en el artículo 184Bis de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Guanajuato. |
No aplicó postulación para el PEL 2020-2021 |
Requisitos
| Grupo de Atención Prioritaria | Documentación |
|---|---|
| Personas de la diversidad sexual | I. Carta de autoadscripción (simple) |
| Personas afromexicanas | I. Carta de autoadscripción (simple) |
| Personas con discapacidad |
I. Carta de autoadscripción (calificada) II. Documento que acredite la existencia de la discapacidad permanente: a) Certificado médico y/o; b) Credencial emitida por autoridad Estatal o en su defecto por la autoridad Nacional para Personas con Discapacidad. |
| Personas migrantes |
I. Constancia que acredite su pertenencia a la comunidad migrante a) Credencial para votar desde el extranjero b) Inscripción en la Lista Nominal de Electores Residentes en el Extranjero c) Membresía activa en organizaciones de migrantes d) Cualquier otra documental que pudiera resultar idónea para acreditar el vínculo, sujeta a valoración de esta autoridad |
| Personas indígenas |
I. Carta de autoadscripción (calificada) II. Documento que acredite la adscripción a una comunidad indígena. |